Vacaciones, y con estas el consiguiente aumento de desplazamientos en carretera e incremento de accidentes de tráfico. Llegado el caso, en caso de vernos involucrado en uno, es importante saber cómo actuar, para el posterior trámite de reclamación al seguro de los daños personales y materiales que se hubieran podido ocasionar.
HAY ACUERDO
En caso de que el vehículo causante del accidente admita su culpa, ambas partes deberán de rellenar un parte amistoso que debe contener la firma y datos de ambos conductores para que sea válido, en el que deberán reflejar de la forma más clara y detallada posible los datos de ambos conductores y como ha ocurrido, haciendo un croquis explicativo del mismo. En caso de haber lesiones, será importante acudir al servicio de urgencias más cercano para poder tener un primer parte de lesiones.
El art. 16 de la Ley de Contrato de Seguro, establece que se debe comunicar el siniestro al seguro dentro del plazo máximo de siete días, por lo que, salvo que se haya fijado en su póliza un plazo más amplio, hay que entregar el parte dentro de los 7 días siguientes.
EN CASO DE DESACUERDO
Si ambos conductores no se ponen de acuerdo sobre las causas del accidente, lo más recomendable es llamar a la Policía Local o Guardia Civil, para que levante un atestado del accidente, que es un documento que recoge cómo ha sido la dinámica del accidente y quién ha tenido la culpa, según la interpretación de las autoridades tras recoger las versiones de los conductores y los testigos. Habrá que dar parte a la compañía del accidente, con toda la documentación (atestado, documentación médica…). En caso de no estar de acuerdo con la propuesta de la compañía, habría que demandar.
En todo caso, siempre es recomendable acudir a un abogado experto en accidente de tráfico que te asesore del procedimiento a seguir, así como las cuantías de las indemnizaciones. Y ante todo, importante actuar con calma, recabar la máxima información posible (testigos, fotos, matrícula…) y no firmar nada sin haberlo leído bien y estar seguro de que queda todo reflejado tal como ha sucedido, ya que luego condicionara el procedimiento de reclamación al seguro.
¿Cuánto recibiré de indemnización y quien tiene derecho?
Las cuantías dependerán de la gravedad de las lesiones, que se cuantifican según el Baremo de Tráfico graduándolo según días de recuperación que se dividen en días de perjuicio personal básico, moderado, grave y muy grave. Además, se valoran las secuelas, que son aquellas lesiones residuales después de tratar de curar la lesión derivada del accidente.
Tendrán derecho a indemnización tanto el acompañante como el conductor, el conductor solo puede reclamar una indemnización si no es exclusivo responsable del accidente, esto es, si el accidente se ha producido por una imprudencia única y exclusiva del conductor, no tendrá derecho a reclamar una indemnización por lesiones o daños materiales.
Juan Antonio Moreno González. Abogado en Foro abogados